Lorena Ruiz-Huerta, la abogada que lidera la demanda contra el Gobierno por inacción climática: «Aspiramos a ganar el caso»

El primer litigio climático de España avanza: el viernes, la Abogacía del Estado rechazó la demanda y ha pedido al Tribunal Supremo que la desestime.
Lorena Ruiz-Huerta Foto: cedida por ella.

Ante la falta de acción para frenar el calentamiento global de la atmósfera, los litigios climáticos se han puesto de moda. Así lo certificaba a finales de enero el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente (PNUMA) que, junto al Sabin Center for Climate Change Law, publicaron un informe donde se pone en evidencia el ascenso de este tipo de demandas en los últimos años.

Desde 2017, cuando se elaboró el primer documento, hasta julio de 2020, los casos de este tipo casi se han duplicado. En total, 38 países (39 si se incluyen los tribunales de la Unión Europea) tienen causas abiertas al respecto. Estados Unidos encabeza el ranking con una enorme lista, seguido de Australia, con 97 casos, Reino Unido, con 58, y la Unión Europea, con 55.

El último país en sumarse a esta vía ha sido, precisamente, España. El 30 de septiembre del año pasado, Greenpeace, Ecologistas en Acción y Oxfam Intermón iniciaron el primer litigio climático del país por la «inacción ante el cambio climático» del Ejecutivo que ahora lideran en coalición PSOE y Unidas Podemos. Y el caso avanza: el pasado viernes, las organizaciones ecologistas recibieron la contestación de la Abogada del Estado, que rechaza la demanda y pide al Tribunal Supremo que la desestime.

Lorena Ruiz-Huerta, abogada de Greenpeace, es, junto a Jaime Doreste, de Ecologistas en Acción, la persona encargada de liderar el litigio contra el Gobierno de España. A continuación, publicamos una entrevista que forma parte del reportaje sobre litigios climáticos publicado en el Magazine climático. Puedes conseguir tu ejemplar aquí.

¿Por qué se decidió iniciar un litigio climático contra el Gobierno de España?

Hace tiempo que se estaba pensando en la posibilidad de utilizar la justicia y el derecho como una herramienta de activismo adicional a las que ya se vienen utilizando de manera habitual por parte de Greenpeace y el resto de organizaciones ecologistas. Pero ha sido precisamente ahora cuando hemos encontrado una ventana de oportunidad porque el Gobierno de España hace más de un año, es decir, con fecha tope diciembre de 2019, tendría que haber cumplido con una normativa europea que obliga a todos los Estados miembros a aprobar un Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, que es un instrumento jurídico que contiene la estrategia de reducción de emisiones de CO2 a la atmósfera para la próxima década, es decir, en el periodo 2020-2030.

Pese a esta obligación jurídica, que proviene de la Unión Europea, el Gobierno de España todavía no ha aprobado con carácter formal y definitivo esta estrategia. Por tanto, aquí hay un incumplimiento objetivo de una ley, y nosotros hemos utilizado este incumplimiento concreto para acudir al Tribunal Supremo. Pero, además, como lo que sí hemos podido conocer las organizaciones demandantes es el contenido del borrador que maneja el Gobierno, hemos constatado que el objetivo de reducción de emisiones que tiene el Gobierno para el año 2030 es absolutamente insuficiente y no está alineado con los compromisos adquiridos a nivel internacional para luchar contra el cambio climático y para cumplir con el objetivo de no superar la temperatura global en más de un grado y medio. Por tanto, es ahora cuando hemos encontrado esta oportunidad jurídica para iniciar este litigio climático.

¿Cuántas personas trabajan en el caso? ¿Cómo se financia? ¿En qué punto está ahora y cuáles son los siguientes pasos?

Este litigio climático tiene como personas jurídicas demandantes a Greenpeace, España, Oxfam Intermón y Ecologistas en Acción.

Los litigios estratégicos, como es este, tienen varias patas. Una pata importantísima y fundamental es la parte jurídica, en la que somos dos abogados los que estamos trabajando: Jaime Poreste, que es abogado de Ecologistas en Acción, y yo, abogada de Greenpeace. Somos los abogados que estamos haciendo toda la parte jurídica, aunque contamos con la inestimable ayuda de abogados internacionales, por ejemplo, de la Fundación Urgenda, de Países Bajos, que nos han prestado una mano muy grande. También abogados de Greenpeace internacional que trabajan en el área de litigación climática, y de la Universidad de Columbia, el Savin Center Institute, que es un instituto que se dedica a recopilar información y a generar doctrina para la litigación climática a nivel internacional. Todos estos han sido colaboradores nuestros muy, muy estrechos.

Tras la contestación el viernes de la Abogada General del Estado a la demanda, llega un trámite que es el de la formulación de conclusiones, es decir, que las partes demandantes, que somos nosotros, y demandado, que es el Gobierno, ponemos por escrito si mantenemos nuestras conclusiones o las modificamos. Después ya vendría la vista oral, el juicio propiamente dicho, y la posterior sentencia. Estos son pasos básicos que tiene este procedimiento judicial.

¿Qué espera del caso? ¿Tiene recorrido o es más una vía para generar acción?

Sabemos que este no es un caso fácil. Son muchas las demandas climáticas por parte de organizaciones ambientalistas y de la sociedad civil contra gobiernos por su inacción ante el cambio climático en todo el mundo, y van teniendo distinta suerte. Tenemos el caso paradigmático de Urgenda en Países Bajos, que ha sido una sentencia ganadora en la que finalmente el Tribunal Supremo condenó al Gobierno de Países Bajos por inacción ante el cambio climático y le obligó a a mejorar su ambición en la reducción de emisiones. Pero también son numerosos los casos en los que no se gana. Por tanto, sabemos que no es un caso fácil.

Esta es una herramienta que tiene un doble filo. Por una parte, es evidente que es una herramienta de presión ciudadana. Pero al mismo tiempo, desde luego, la demanda está construida con toda la seriedad del mundo y nuestra pretensión es ganarla. Por supuesto que sí, aunque seamos conscientes de la dificultad. Son muchos los juristas y las juristas a nivel internacional que han participado en la construcción jurídica de toda esta argumentación, y el planteamiento es absolutamente serio y asumible por el Tribunal Supremo de España.

Aspiramos a ganar el caso y que el Tribunal Supremo de un tirón de orejas al Gobierno de España por no haber aprobado en tiempo y forma un Plan Nacional Integrado de Energía y Clima, instrumento jurídico que, como decía antes, sirve para planificar la reducción de emisiones de España en la próxima década y, al mismo tiempo, obligue al Gobierno a aumentar el nivel de ambición en la reducción de emisiones para alinearse con los objetivos adquiridos a nivel internacional y, concretamente, con la firma del Acuerdo de París, que según la mejor ciencia disponible, supone que de todos los países a nivel global tendrían que hacer el esfuerzo de reducir para 2030 las emisiones en un 55%, y estamos hablando de que España pretende hacerlo solo en un 23%.

Ante la falta de acción, la justicia está siendo la vía para que los gobiernos actúen frente al cambio climático. ¿Es la solución ideal? ¿Es la evolución natural de la acción climática, pasar de las protestas a la vía judicial?

La verdad es que yo lo veo justo al revés. Creo que se ha llegado a la justicia como una herramienta adicional de última instancia para pedir al Poder Judicial, a los tribunales, que se involucren también en esta lucha ciudadana, y que obliguen ni más ni menos a los gobiernos a cumplir los compromisos que estos previamente han adquirido a nivel internacional.

Llevamos muchas décadas de movimiento ecologista realizando todo tipo de acciones judiciales, y es ahora cuando se está viendo que es necesario también recurrir a esta otra vía, que tiene luces y sombras, como todo. Yo creo que tiene un potencial transformador impresionante. Una sentencia ganadora en este ámbito tiene la capacidad de modificar una ley y obligar a un gobierno a hacer determinadas políticas e incrementar la ambición climática, etc.

Al mismo tiempo, se encuentra también con otra serie de dificultades. Una de ellas es la propia lentitud de la justicia, porque, por ejemplo, en el caso Urgenda se ha tardado casi una década en obtener una sentencia que, aunque finalmente fue ganadora, llegó en el mismo año en el que era el tope máximo para el Gobierno de Países Bajos para cumplir una determinada normativa que no estaba cumpliendo y por la que fue condenada.

Por tanto, aquí nos podríamos encontrar, no lo mismo porque este procedimiento judicial no va a tardar diez años, pero desde luego tendría que ser lo suficientemente rápido como para que si ganamos le dé tiempo al Gobierno de España a rectificar su política y a cumplir sus objetivos para el año 2030.

Dicho lo cual, es muy importante no renunciar a las otras vías de activismo mientras seguimos utilizando la vía judicial y se pide el auxilio de los jueces. Hay que seguir en la calle movilizándose, y hay que utilizar todas las herramientas de activismo clásicas, y también las nuevas de la juventud que ahora está movilizada y que protagoniza un movimiento verdaderamente esperanzador para el futuro.

¿Cuáles son los mayores obstáculos a los que se enfrenta un litigio climático?

En primer lugar, que estamos hablando de un problema muy urgente en el que la comunidad científica dice que queda muy poco tiempo para actuar y necesitamos hacer un cambio de políticas drástico, radical y profundo, y con mucha rapidez. Son procedimientos bastante largos, aunque considero también que la justicia está dando algunos ejemplos muy buenos de que se toma en serio este problema, y hay casos, por ejemplo, como el de jóvenes portugueses que han demandado a 33 Estados directamente ante el Tribunal de Estrasburgo por inacción ante el cambio climático, permitiéndoles no agotar la vía judicial interna de cada país, que es un requisito para poder acceder al Tribunal de Estrasburgo.

Estos chicos y chicas hubieran tenido que agotar la vía interna, habrían tardado años en llegar al Tribunal de Estrasburgo, y el clima y la urgencia del problema no lo permite. Y el Tribunal de Estrasburgo ha atendido esta petición y han metido la demanda. Por tanto, parece que la justicia, en algunos casos, empieza a tomar conciencia de la necesidad de actuar con carácter urgente. 

Y otro de los problemas importantes con los que se encuentra este tipo de demandas es la complejidad de los argumentos y de las demandas, que son verdaderamente innovadoras y novedosas. Son demandas que, a diferencia de los procedimientos judiciales clásicos, que se enmarcan dentro de una jurisdicción concreta -el derecho civil, penal o o contencioso administrativo, por ejemplo-, éstas engloban argumentos jurídicos de distintas jurisdicciones, es decir, son demandas que tienen argumentos de derecho internacional público, de derecho administrativo, de derecho constitucional, de derecho civil…

Eso hace que sean demandas muy innovadoras, con argumentos innovadores como son, por ejemplo, el hecho de que se está pidiendo a los tribunales que apliquen una doctrina del Tribunal de Estrasburgo que todavía no ha sido incorporada, por ejemplo, en nuestro país, que es que si los gobiernos no protegen el medio ambiente de forma adecuada y no luchan adecuadamente contra el cambio climático, están vulnerando los derechos fundamentales, no solamente de las generaciones presentes, sino también de las futuras; de niños y niñas que todavía no son mayores de edad y no tienen capacidad legal de actuación e incluso de las personas no nacidas. 

Todo esto son retos para el derecho también, que como casi todo el mundo sabe, va muy por detrás de los problemas sociales y de la propia sociedad. Y bueno, plantea una serie de retos teóricos y jurídicos a los que hay que hacer frente porque la urgencia y la gravedad del problema lo requieren.

¿Ha existido siempre la figura del litigio climático? ¿Por qué es ahora cuando tiene mayor protagonismo?

Los litigios climáticos tienen una antigüedad de poco más de una década cuando se han dirigido contra grandes multinacionales o corporaciones muy contaminantes como petroleras o hidroeléctricas.

Lo que es más novedoso son estas demandas climáticas que están dirigidas contra los gobiernos. Aquí la demanda pionera fue la de la Fundación Urgenda, que ha servido claramente de inspiración para otros muchos países en los que organizaciones de la sociedad civil se han animado también a copiar esta iniciativa y a demandar a sus gobiernos con argumentos muy similares que se van replicando en todas las demandas a nivel internacional.

Lo más destacable de estas demandas dirigidas contra los gobiernos es la argumentación fundada en derechos humanos, en cómo los gobiernos vulneran los derechos humanos a la salud, a la vida, al patrimonio, a la propiedad privada, a la herencia… En definitiva, a diversos derechos fundamentales que se verían vulnerados por las políticas insuficientes de los gobiernos en la protección del medio ambiente y en la protección del clima.

Como te digo, esto tiene diez años de antigüedad y todavía muchos de estos litigios están pendientes y no han sido resueltos. Por tanto, el balance de cuentas de estos casos que se han ganado o perdido todavía es enigmático, porque la mayoría de ellos se encuentran en estado de tramitación y, por tanto, nuestra esperanza está completamente viva.

Esperamos que también los tribunales nacionales, cuando tienen que adoptar decisiones que comprendemos que son difíciles, que son innovadoras y que son arriesgadas, pues les animamos a que miren también al ámbito comparado al contexto internacional y sobre todo europeo, y vean que no están solos, porque son también otros tribunales supremos de otros países de Europa los que se han animado a ir dictando sentencias en favor de la protección del clima y de obligar a los gobiernos a cumplir con sus compromisos internacionales.

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