La Corte Internacional de Justicia atribuye responsabilidad legal a los países que no frenen el uso de combustibles fósiles

El principal órgano judicial de Naciones Unidas ha emitido una opinión consultiva impulsada por pequeños Estados insulares. Si bien no es vinculante, el veredicto es extensible a las empresas y supone un gran respaldo para otros litigios climáticos.
La Corte Internacional de Justicia atribuye responsabilidad legal a los países que no frenen el uso de combustibles fósiles
Foto: lectura de la opinión consultiva por parte del CIJ.

Si un Estado no toma medidas adecuadas para proteger el sistema climático de las emisiones de gases de efecto invernadero —incluida la producción y el consumo de combustibles fósiles, la concesión de licencias para su exploración o la provisión de subsidios—, podría considerarse un acto ilícito a nivel internacional y, por tanto, ese Estado podría ser considerado legalmente responsable. Esta es una de las contundentes conclusiones aprobadas de forma unánime este miércoles por la Corte Internacional de Justicia (CIJ), el principal órgano judicial de las Naciones Unidas, en una audiencia sin precedentes en cuestiones climáticas. Si bien se trata de una opinión consultiva (es decir, no es vinculante), su contenido tiene una enorme relevancia para la acción climática global.

El Tribunal ha señalado que el cambio climático es un “un problema existencial de proporciones planetarias que pone en peligro todas las formas de vida y la salud misma de nuestro planeta”. Siguiendo a las advertencias de la ciencia, apuntan que «un calentamiento de 1,5°C no se considera ‘seguro’ para la mayoría de las naciones, comunidades, ecosistemas y sectores y plantea riesgos significativos para los sistemas naturales y humanos«.

Asimismo, los jueces del alto órgano de la ONU señalan que «el derecho a un medio ambiente limpio, sano y sostenible es inherente a otros derechos humanos«. Esto último fue reconocido por la ONU como un derecho en 2021. En relación con los daños climáticos, el CIJ ha dicho que «en caso de que la restitución resulte materialmente imposible, los Estados responsables tienen la obligación de indemnizar«.

«Por primera vez, el más alto tribunal del mundo ha dejado claro que los Estados tienen el deber jurídico no sólo de prevenir los daños climáticos, sino de repararlos plenamente. Esto allana el camino para demandas más concretas en torno a pérdidas y daños, responsabilidad histórica y derechos de las comunidades que se enfrentan a amenazas existenciales. Añade un peso decisivo a las peticiones de reparaciones climáticas justas y efectivas», explica Joana Setzer, profesora asociada de investigación en el Instituto Grantham de Investigación sobre Cambio Climático y Medio Ambiente de la London School of Economics and Political Science.

Todo empezó con un Estado isleño

Este litigio, que ha llegado hasta La Haya, tuvo sus inicios en 2019 en una clase de Derecho de la Universidad del Pacífico Sur (USP), en Vanuatu, un país insular de poco más de 300.000 habitantes. Una veintena de estudiantes lanzaron la idea de pedir una opinión consultiva a la Corte Internacional de Justicia sobre las obligaciones legales de los Estados respecto al cambio climático.

Con el tiempo, esa iniciativa se transformó en una campaña internacional llamada «Pacific Islands Students Fighting Climate Change» (PISFCC). El objetivo era emplear el derecho internacional como herramienta de justicia climática, ya que países insulares como Vanuatu están en serio riesgo de desaparecer como consecuencia de la subida del nivel del mar y otros impatcos climáticos. Todo ello a pesar de que estas naciones han contribuido mínimamente a las emisiones globales de gases de efecto invernadero.

El grupo de estudiantes logró el apoyo del Gobierno de Vanuatu, que en 2021 asumió oficialmente la iniciativa y comenzó a buscar aliados diplomáticos para llevar la propuesta a la ONU. Finalmente, y gracias al respaldo de más de 130 países, la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó por consenso el 29 de marzo de 2023 la resolución A/RES/77/276, solicitando formalmente a la Corte Internacional de Justicia que emitiera una opinión consultiva.

Entre el 2 y el 13 de diciembre del año pasado, se realizaron audiencias públicas en La Haya, en las que participaron 96 Estados y 11 organizaciones internacionales. Aquello fue todo un hito, pues nunca antes la Corte había convocado a tantos gobiernos ni había tenido tantas intervenciones en un solo proceso consultivo.

Todo esto proceso iniciado hace seis años a miles de kilómetros en el Pacífico Sur ha concluido este miércoles 23 de julio en suelo europeo. Para su fallo, la Corte asegura que ha recurrido a todo el corpus del derecho internacional, lo que supone un gran avance. Como explica Sébastien Duyck, abogado sénior del Centro de Derecho Ambiental Internacional (CIEL), los grandes contaminadores (ya sean gobiernos o empresas) se han basado en gran medida en el argumento de que el Acuerdo de París y otros pactos de la ONU constituyen el marco único para comprender el alcance de las obligaciones climáticas de los Estados, lo que les ha permitido a lo largo de los años eludir responsabilidades. 

No obstante, la Corte ha defendido que no existe contradicción entre los acuerdos climáticos de la ONU y otras normas de derecho internacional. Por tanto, a partir de ahora los responsables de la crisis climática no pueden excusarse en que el Acuerdo de París está por encima de otras leyes mucho más contundentes para evitar rendir cuentas.

Para el Tribunal, las emisiones de gases de efecto invernadero están “inequívocamente causadas por actividades humanas, sin límites territoriales”. En cuanto al contexto científico, la Corte señaló que las consecuencias del cambio climático son graves y de gran alcance, afectando tanto a los ecosistemas naturales como a las poblaciones humanas. ·Estas consecuencias reflejan la amenaza urgente y existencial que representa el cambio climático”, apuntaba el presidente de la CIJ, Yuji Iwasawa.

  1. Son la misma basura que afirma que en España sólo los de las residencias de Madrid tenían derecho a vivir. Por lo que sea, los ecologistas no van a ser sancionados.

  2. Ecologistas en Acción ante el rechazo del decreto de medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico.
    La organización ecologista lamenta que no se hayan aprobado las medidas de impulso a la transición energética y otras medidas necesarias para mejorar la resiliencia del sistema eléctrico que pueda prevenir apagones en el futuro.
    Señala también que el real decreto ley (RDL) contenía medidas controvertidas, incluyendo peligrosas simplificaciones ambientales que la organización rechaza.
    Ecologistas en Acción vuelve a exigir la aprobación de medidas urgentes y una reforma de la normativa eléctrica que supere la visión fósil. Esta regulación debe establecer normas sólidas capaces de frenar la especulación energética y dar las necesarias garantías sociales y ambientales.
    Ecologistas en Acción clarifica su valoración sobre el RDL7/2025, conocido como “decreto antiapagones”, ante las informaciones y declaraciones políticas de la última semana sobre la opinión de los colectivos ecologistas. La norma contenía, de un lado, recomendaciones para evitar en lo máximo posible futuros posibles apagones, y de otro, propuestas exigidas históricamente por los grupos ecologistas y la ciudadanía para la transición energética. Por último, hay un tercer grupo de medidas que, desde el punto de vista de Ecologistas en Acción, agilizan o facilitan excesivamente la tramitación de la repotenciación de proyectos renovables y de almacenamiento, lo que puede suponer una merma de las garantías ambientales y de participación popular…
    https://www.ecologistasenaccion.org/345432/ecologistas-en-accion-ante-el-rechazo-del-decreto-de-medidas-urgentes-para-el-refuerzo-del-sistema-electrico/

  3. El derecho internacional da un paso decisivo por el clima y las generaciones futuras.
    Ecologistas en Acción celebra la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia como un hito crucial.
    La opinión reconoce que los combustibles fósiles están en el centro del daño climático y su explotación continuada supone una violación del derecho internacional.
    El Juicio por el Clima, pendiente del Tribunal Constitucional, es uno de los muchos litigios climáticos que se verán afectados por este precedente histórico.
    Ecologistas en Acción celebra este dictamen como parte de una cadena de victorias legales recientes (como las decisiones del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso de las KlimaSeniorinnen, la Opinión Consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la opinión del Tribunal Internacional del Derecho del Mar) que coinciden en una dirección clara: los Estados tienen obligaciones jurídicas exigibles para proteger el clima y garantizar los derechos humanos, ahora y para las generaciones futuras.
    Esta opinión de la CIJ confirma sin ambigüedades:
    Que las emisiones de gases de efecto invernadero que dañan el sistema climático constituyen actos internacionalmente ilícitos si violan los deberes de prevención y diligencia debida.
    Que los Estados tienen la obligación de actuar con la máxima ambición posible, de cooperar entre ellos y de tomar medidas conforme al mejor conocimiento científico disponible.
    Que existe un deber claro hacia las generaciones futuras: proteger su derecho a vivir en condiciones que permitan el ejercicio efectivo de sus derechos humanos.
    Que los combustibles fósiles están en el centro del daño climático y su explotación continuada supone una violación del derecho internacional.
    La CIJ no determina responsabilidades concretas en esta fase consultiva, pero deja claro que los Estados que no adopten políticas climáticas alineadas con el Acuerdo de París y las obligaciones consuetudinarias están violando el derecho internacional. “Esta no es solo una llamada de atención, es un mandato. Y como sociedad civil, vamos a utilizarlo”.

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