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Este artículo fue publicado originalmente por ‘CRÍTIC’ en catalán. Puedes leerlo aquí.
En el verano de 2022, el Congreso de los Diputados dio un paso que podría mover los cimientos del derecho ambiental español. Con una amplia mayoría, la cámara acordaba aprobar la Iniciativa legislativa popular en defensa del Mar Menor. Concretamente, la normativa da personalidad jurídica a esta albufera situada en la Región de Murcia. Esto significa que, como todas las personas y empresas, este espacio natural también es reconocido como un sujeto que tiene derechos, como un ente que puede defenderse en los tribunales. No es solo un cambio simbólico, sino de situación legal, y por eso puede cambiar el destino de muchas disputas judiciales sobre la degradación de espacios naturales.
El Estado de Ecuador ya había abierto este mismo camino años antes: la reforma de la Constitución de 2008 reconocía los derechos de la naturaleza. Hace décadas que varios abogados y juristas persiguen este paso porque creen que podría generar reacciones en cadena: «Hablar de los derechos de la naturaleza es afirmar su existencia como persona jurídica, como titular de derechos», explica Susana Borràs, profesora de Derecho Internacional Público en la Universitat Rovira i Virgili. La clave es que, de este modo, «se reafirma el valor intrínseco» de la naturaleza, «con independencia de la utilidad o el interés que represente para el ser humano». Por tanto, puede ser un cambio central en litigios de todo tipo y que se prioricen elementos como la biodiversidad o la supervivencia de espacios naturales ante otros intereses particulares.
Los primeros ejemplos jurídicos de esta apuesta provienen de los años setenta en Estados Unidos: la asociación ecologista Sierra Club fue pionera en reivindicar derechos para unos árboles secuoya amenazados por la construcción de un parque de atracciones de Disney. Sin embargo, la filosofía que inspira esta acción viene de mucho antes: múltiples pueblos indígenas y originarios promueven una visión ecocéntrica de la vida, en las que las necesidades humanas no tienen que estar por encima de las de la naturaleza.
El Mar Menor, un ejemplo que marca el camino
Los ejemplos de Ecuador y del Mar Menor muestran que no se trata de un fenómeno de la filosofía del Derecho, sino que ya tiene muchas aplicaciones prácticas. El portal de las Naciones Unidas Harmony with Nature recoge más de un centenar de leyes, regulaciones locales y decisiones de tribunales que incluyen la perspectiva de los derechos de la naturaleza, muy a menudo vinculándolos a espacios naturales concretos. Hay casos en 30 países, tan diversos como Francia, El Salvador o Uganda. En el Estado español, además del caso del Mar Menor, se destaca la aprobación de una moción de este 2024 en el Ayuntamiento de Outes, en Galicia, que reconoce formalmente que el río Tins, que pasa por el municipio, tiene derechos.
A pesar de que no es un caso pionero, la envergadura de la campaña por el reconocimiento del Mar Menor hace que sea un caso referencial a escala internacional: se recogieron 640.000 firmas de apoyo y la aprobación llegó con el amparo del Congreso de los Diputados. Eduardo Salazar, abogado de la iniciativa, cree que considerar al Mar Menor una personalidad jurídica «permite que pueda erigirse en defensa de los derechos que ya se le conceden» y, por el contrario, destaca que «etiquetarlo como un espacio protegido no ha servido en los últimos 40 años».
El siguiente paso, para Salazar, es concretar esta normativa con el despliegue de un reglamento. Concretamente, la iniciativa exige crear una «tutoría reconocida» de este espacio natural que cuente con tres comités: uno de seguimiento, uno de representantes y uno de científicos. La función de estos comités sería precisamente representar legalmente el espacio natural, es decir, hacer de tutores legales para que se puedan aplicar en la práctica los derechos que se le han reconocido al espacio natural. Es un esquema parecido a lo que pasa con los menores de edad, son personas con derechos reconocidos, pero que pueden ser defendidos por sus tutores legales.
La campaña es una muestra de cómo se dio la vuelta a la tortilla a una crisis ecológica de gran envergadura cuando el Mar Menor llegó a la situación de colapso entre 2019 y 2021. La degradación del espacio por las presiones humanas que lo rodeaban, como la urbanización a gran escala y actividades intensivas de agricultura, ganadería y minería, desembocaron en una eutrofización de sus aguas. También se registraron muertes masivas de flora y de fauna. Todo ello impulsó la movilización y la recogida de firmas, que ha acabado convirtiendo el espacio en el primer ecosistema con derechos reconocidos en Europa. Para Salazar, todo este proceso ha tenido también consecuencias positivas fuera de la legislación: «Está claro que la ciudadanía ha dejado de confiar en la capacidad de las administraciones como los únicos artífices del cambio en el trato que se da al Mar Menor».
Una puerta abierta para reconocer derechos del Ter o de Montserrat
Susana Borrás defiende que sería viable avanzar en los derechos de la naturaleza desde el Parlament, ya que Catalunya tiene competencia exclusiva sobre sus espacios naturales. A raíz de la experiencia del Mar Menor, Borràs considera que «se ha visto cómo ha generado un consenso político lo suficientemente amplio para que se convirtiese en una realidad», y que ha sido así porque «fue una ley impulsada por la población» a través de una Iniciativa Legislativa popular. Por otro lado, la normativa ha evidenciado que es posible incluir propuestas de este tipo al ordenamiento jurídico sin necesidad de ninguna reforma de la Constitución.
«El reconocimiento se podría dar para ríos como el Gaià o el Ter, o incluso cordilleras como el Montsant o Montserrat y montañas como Pedraforca«, explica la profesora de la Universitat Rovira i Virgili. En función de qué espacio natural se trate, también se podría empezar el proceso a través de ordenanzas locales de ayuntamientos. En otros casos, como el del río Ebro, la división de competencias podría dificultarlo, ya que la gestión de la cuenca hidrográfica es estatal. Borràs recuerda que hace falta tener en cuenta la cuestión competencial para hacerlo viable, y destaca que, en el caso de la ley sobre el Mar Menor, se ha diseñado sobre la base de la competencia exclusiva del Estado en protección básica del medioambiente, reconocida en la Constitución española.
Ahora bien, la experta en derecho internacional público también destaca que algunas experiencias de reconocimiento se han dirigido a la naturaleza en general, sin delimitarse a espacios naturales más destacados. En esta línea, destaca los ejemplos de reforma de la Constitución en Ecuador o la ley de la Madre Tierra, en Bolivia, en la que «se reconoce a la naturaleza como persona jurídica en su globalidad». En todo caso, la especialista en derecho ambiental especifica que estos pasos legales no buscaría sustituir el derecho ambiental actual.
De hecho, la profesora defiende que iniciar este camino sería «reforzar» las herramientas del derecho ambiental y facilitaría proteger de manera más efectiva estos espacios naturales en Catalunya. Por un lado, porque podría suponer «la obligación de la Administración de restaurar el ecosistema afectado» para cualquier vulneración y, por otro, promovería que «cualquier persona, sin la necesidad de alegar un interés legítimo o una afectación particular, pueda denunciar cualquier vulneración de estos derechos».
Susana Borràs destaca que la clave es que los derechos de la naturaleza fijan la obligación de conservarla «independientemente del interés de los humanos»; puesto que «se reconocen como una entidad viva y como tal titular de derechos, tal y como sucede con los humanos».
Este reportaje ha sido impulsado por l’Observatori DESCA i el Institut de Drets Humans de Catalunya con el apoyo de la Agència Catalana de Cooperació al Desenvolupament (ACCD) de la Generalitat de Catalunya.